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Derecho a no aportar documentos obrantes en las administraciones públicas y su afectación a la protección de datos personales

Identificación

  • Tipo de documento : Dictamen AVPD
  • Órgano emisor: AVPD - Agencia Vasca de Protección de Datos
  • Código de expediente: CN22-009
  • Código de documento: D22-009
  • Fecha de firma:  01/06/2022

Resumen

El artículo 28 de la Ley 39/2015, impone a las Administraciones Públicas una obligación de actuar para satisfacer el derecho que asiste a los interesados a no aportar documentos que ya obren en poder de las Administraciones Públicas. Las Administraciones deberán recabar ellas mismas esos documentos, salvo que la persona interesada muestre activamente su voluntad de no ejercer su derecho, oponiéndose, en cuyo caso, deberá ser ella misma la que aporte los documentos exigidos por el procedimiento, ya que de no hacerlo será excluida del mismo, de lo que debería ser previamente informada. En todo caso, las Administraciones deberán habilitar un medio que posibilite al interesado manifestar su oposición.