Aventuras de Reda y Neto: Cuidando los datos personales

Fundamentación del proyecto

El diseño del programa Aventuras de Reda y Neto: Cuidando los datos personales pretende dar respuesta a las necesidades educativas de los niños para capacitarles en el uso de las nuevas tecnologías de la información y la comunicación con los mínimos riesgos posibles para su vida privada.

Para fundamentar la oportunidad de este recurso formativo, a continuación se presentan de forma resumida dos elementos:

  • el contexto social que da origen a estas necesidades educativas y
  • cómo el currículo vasco de la Educación Básica contempla la necesidad de educar y aprender el valor positivo de la vida privada y el respeto al derecho a la protección de datos.

Contexto social

Un punto de partida es considerar que la protección de datos personales es una parte de una cuestión más amplia: la de la protección de la vida privada y la dignidad humana.

El derecho a la vida privada tiene relación con la naturaleza y el alcance del derecho de todo individuo a actuar solo y al abrigo de entrometimientos injustificables. Se entiende también como la capacidad de controlar la información referente a uno mismo. A cada individuo se le reconoce la libertad de decidir si se han de difundir datos sobre su persona, dentro de las limitaciones impuestas por la salvaguardia de los intereses legítimos del estado o de terceros.

El derecho a la protección de datos1 garantiza el respeto a la vida privada de las personas, particularmente en la denominada Sociedad del Conocimiento, en la que se han desarrollado nuevas formas de relación social, laboral, comercial, etc., en las que el flujo de información personal, tanto real como ficticia, es difícil de controlar, y está expuesta a los riesgos potenciales que ofrecen Internet y la comunicación por medios electrónicos.

Los principales riesgos a los que están sometidas las personas, derivados del flujo incontrolado de datos personales son: la pérdida de la privacidad, los daños a la imagen, la reputación y el honor, incluido el acoso, perjuicios económicos a consecuencia de robos de datos y suplantación de identidad, molestias e incomodidades por envío de publicidad comercial no deseada y, finalmente, un control excesivo, a causa del tratamiento de datos personales que se realiza mediante técnicas de vigilancia.

Dados estos riesgos y los correspondientes daños derivados, es preciso analizar si la ciudadanía está capacitada para ejercer su derecho a la privacidad. Los estudios de percepción social de la protección de datos concluyen que la ciudadanía sólo percibe alguna amenaza cuando entra en consideración la variable económica y los daños relacionados con el fraude y la sustracción de dinero. Además, apenas existe ejercicio de derechos relacionados con la protección de datos (derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición) en parte porque no se conocen los mismos.

La situación de la comunidad educativa, en particular de las familias, probablemente es similar a la descrita, esto es, todavía no han reflexionado suficientemente acerca de las amenazas a la privacidad derivadas del uso continuado de las TIC y tampoco conocen cuáles son las responsabilidades, los derechos y las medidas que han de tenerse en cuenta para un uso saludable de las TIC, que sea respetuoso con uno mismo y con las demás personas. Esta situación dificulta educar y capacitar a los menores si no se informa y forma a toda la comunidad escolar.

Junto a estas consideraciones, es preciso recordar que la población escolar y juvenil es quizás el colectivo que más expuesto está a potenciales amenazas y riesgos, derivados de su temprana participación en redes sociales y en sistemas de comunicación social electrónicos. Y cabría añadir la especial vulnerabilidad de los menores, que exige un mayor nivel de protección.

Efectivamente, con la eclosión de la Web 2.0., y de las redes sociales en particular, se ha generalizado una cultura de compartir por compartir entre los menores, sin previa consideración sobre la conveniencia de esta acción, que se desata casi como un acto reflejo. Otro dato a considerar es el extendido hábito de consumo de contenidos audiovisuales de corta duración, tal y como han mostrado diversos estudios, en los cuales la página web más veces referenciada es YouTube.

Conscientes de esta precaria situación, la educación para el uso sin riesgos de las TIC de manera sistematizada en el ámbito escolar es una recomendación realizada desde diversas instituciones y organismos nacionales e internacionales.

A comienzos de 2010 esta necesidad educativa no sólo es imperiosa, sino que recibe un impulso definitivo de la mano de estrategias como Eskola 2.0, que supone la inclusión de Internet como herramienta y medio de aprendizaje en el entorno escolar. Es un momento propicio para incentivar la cultura de la protección de los datos personales y la privacidad entre la población, al mismo tiempo que se generaliza el uso educativo de las TIC y la creación de contenidos educativos digitales. El programa Aventuras de Reda y Neto: Cuidando sus datos personales puede ayudar en esta tarea.

La Protección de datos personales y el respeto a la vida privada en el Currículo Vasco de la Educación Básica

Una de las líneas estratégicas de actuación de la Agencia Vasca de Protección de Datos es informar y capacitar a la ciudadanía para que conozca sus derechos y sepa cómo proteger su privacidad, particularmente a los colectivos que están en situación de mayor riesgo.

Por ello, se impulsó la introducción de la perspectiva del respeto y el valor positivo de la vida privada en el sistema de competencias del Currículo de Educación Básica2.

En este sentido, el comportamiento competente a lograr puede definirse como tratar la información relativa a la propia persona y a terceras personas de forma respetuosa con el derecho a la vida privada y con cautela respecto a los riesgos potenciales que ofrecen Internet y la comunicación por medios electrónicos.

Este comportamiento se fundamenta, entre otros elementos, en valores y actitudes que son recursos de competencia, tales como el valor intrínseco de la propia privacidad, la empatía y el valor otorgado a una identidad personal genuina y real, en contraposición a la simulación lúdica de identidades ficticias o al anonimato.

Con relación a las competencias básicas son particularmente dos de ellas, a saber, a) el tratamiento de la información y competencia digital y, b) la competencia social y ciudadana, las que guardan mayor relación con la aparición y consolidación del nuevo comportamiento así definido.

Las materias curriculares, en las que se han definido objetivos, contenidos e indicadores de evaluación, son la Educación para la Ciudadanía y los Derechos Humanos y, en menor medida, Tecnologías e Informática.

  • Etapa de Educación Primaria: Educación para la ciudadanía y los derechos humanos (11 años)
  • Etapa de Educación Secundaria Obligatoria: Educación para la ciudadanía y los derechos humanos; Educación ético-cívica; Tecnologías; e Informática. (desde los 12 a los 15 años, ambos incluidos).

De manera complementaria, en el 5º curso de Educación Primaria, el área del Conocimiento del medio natural, social y cultural también se encuentra implicada en materia de datos personales y privacidad.

En este sentido, el bloque 3 de Contenidos La salud y el desarrollo personal incluye la () actitud crítica ante los factores y prácticas sociales que favorecen o entorpecen un desarrollo saludable y comportamiento responsable, aspecto éste relacionado con las prácticas relativas a la exposición de datos propios y ajenos que, con una aceptación social creciente, se producen en la experiencia vital cotidiana de los menores en las TIC.

De igual manera, el bloque 7 Objetos, máquinas y tecnologías hace referencia a la () valoración de la influencia del desarrollo tecnológico en las condiciones de vida y en el trabajo. Este aspecto está muy relacionado con lo que la incorporación de las TIC en la vida personal y laboral ha supuesto de merma en la privacidad de la ciudadanía.

A modo de conclusión del apartado, la importancia y oportunidad del recurso educativo que se presenta puede apreciarse en la siguiente cita3:

() Igualmente, habrá de tenerse en cuenta las nuevas condiciones en que se encuentra la privacidad, especialmente a raíz del desarrollo de las tecnologías electrónicas y digitales. El concepto de ciudadanía debe incluir el respeto a la privacidad ajena y al tratamiento de datos inherentes a la misma, así como también la toma de conciencia sobre el valor de la propia privacidad y su invulnerabilidad.

El adecuado equilibrio entre esfera privada y pública, con sus correspondientes ámbitos de acción, será una de las claves de interpretación de la ciudadanía que conjuga la esfera subjetiva propia de la privacidad con la universalidad de los Derechos Humanos.

1 Las referencias normativas básicas son: LO 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y RD 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la LO 15/1999.
2 Decreto 175/2007, de 16 de octubre, por el que se establece el currículo de la Educación Básica y se implanta en la Comunidad Autónoma del País Vasco.
3 En el apartado Introducción a la asignatura de Educación para la Ciudadanía y los Derechos Humanos del ciclo de Primaria, en Decreto 175/2007, de 16 de octubre, por el que se establece el currículo de la Educación Básica y se implanta en la CAPV.

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